El expediente administrativo sancionador en la Ley 30/92
El expediente administrativo sancionador viene regulado en la Ley 30/92 del regimen jurídico de las administraciones publicas y el procedimiento administrativo comun.
En esta Ley se establece que la potestad sancionadora se ejercerá cuando haya sido expresamente reconocida por una norma con rango de Ley, con aplicación del procedimiento previsto para su ejercicio y de acuerdo con lo establecido en este título y, cuando se trate de entidades locales, de conformidad con lo dispuesto en el título XI de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Esto quiere decir que cualquier Ley que atribuya a alguna administración publica potestad sancionador en su ámbito, esta deberá atenerse a lo establecido por la Ley 30/92 y a los reglamentos que la desarrollen